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Entrenadores de ley, el nuevo requerimiento

  • Foto del escritor: Contexto UPB
    Contexto UPB
  • 26 ago
  • 4 Min. de lectura

Juanita Pava Muñoz / juanita.pava@upb.edu.co


El 23 de mayo de 2025 entró en vigor en Colombia la Ley del Entrenador, una normativa que busca regular el ejercicio de esta profesión en el país. La Ley 2210 de 2022, establece que todos los entrenadores que no cuenten con la tarjeta profesional deberán suspender sus labores, con el fin de garantizar la calidad en la formación deportiva. Ante esta situación, la Alcaldía de Medellín, en alianza con el Instituto de Deportes y Recreación (INDER) y la Universidad de Antioquia, han lanzado un programa de capacitación dirigido a entrenadores deportivos, habilitando inicialmente 400 cupos. El objetivo es prepararlos para el examen de idoneidad que deben presentar ante el Colegio Colombiano de Entrenamiento Deportivo (COCED).


La ley busca asegurar el nivel técnico de los entrenadores y garantizar mejores condiciones para los deportistas recreativos o competitivos. Foto: INDER Medellín
La ley busca asegurar el nivel técnico de los entrenadores y garantizar mejores condiciones para los deportistas recreativos o competitivos. Foto: INDER Medellín

La Ley busca dignificar y acreditar a los entrenadores deportivos en Colombia, según han expresado voceros del Ministerio del Deporte. La norma aprobada señala que todos los entrenadores en Colombia deberán tener su tarjeta profesional para ejercer a nivel técnico, tecnológico o profesional. Este proceso de acreditación exige la profesionalización de los educadores deportivos. “Importante ir a las aulas”, dice Luis Enrique Vásquez, asesor jurídico deportivo. 


Después de 13 años en los que la Ley fue devuelta en repetidas ocasiones en el trámite legislativo, en 2022 se convirtió en una realidad que reconoce el propósito y la naturaleza del entrenador deportivo, resalta la importancia de este dentro de la comunidad a la que sirve y los efectos de las actividades asociadas a las ciencias del deporte y la actividad física. En esta Ley el Estado reconoce la labor de los entrenadores y la necesidad de garantizar una cualificación en los conocimientos para su ejercicio.  


La Ley incluye un régimen de transición de tres años, es decir: 2025 es el plazo para su obligatoriedad. La certificación se puede obtener de 2 maneras: ser profesional en el campo del deporte, la educación física y la recreación y hacer un registro ante el COCED. Para aquellos entrenadores que no tienen formación profesional en el campo, existe la opción de presentar un examen de idoneidad ante el Colegio Colombiano de Educadores Físicos y Profesiones Afines (COLEF), cuya aprobación otorga un certificado válido por cinco años durante los cuales se deberá acceder a la formación profesional. Si después de ese tiempo no se ha completado la formación, se podrá solicitar una prórroga de cinco años adicionales para obtener la tarjeta profesional, de acuerdo con el Coordinador Diego Montoya, de la Universidad de Manizales.  


Edwin Flórez Carvallo, Coordinador de la estrategia Clubes de Deportes del Inder de Medellín considera que esta estrategia brinda oportunidades de cualificación a los entrenadores no titulados, que, además, pertenecen a alguno de los clubes con reconocimiento vigente otorgado por el Inder. Además, menciona que la cualificación es una iniciativa del Distrito y no es una obligación para cumplir con lo exigido por la Ley que se expidió en 2022, para lo cual están habilitados organismos como el COLEF y el COSED.  


De acuerdo con los plazos de la Ley, desde el año 2022 los entrenadores que no tienen titulación en deporte o en áreas afines debían estar en el proceso de preparación para la prueba de idoneidad, con un periodo de gracia de tres años, anota el Coordinador Flórez, qien subraya que esa responsabilidad de acreditarse concuerda justamente con la intención de elevar el nivel técnico de los entrenadores deportivos. Explicó además que desde el INDER se implementan estrategias internas en cumplimiento de la Ley del entrenador.  


Edwin Flórez, coordinador de la estrategia Clubes de Deportes del Inder de Medellín explica los alcances del proceso de cualificación con el que esa entidad respalda a los clubes en el cumplimiento de la norma.
Edwin Flórez, coordinador de la estrategia Clubes de Deportes del Inder de Medellín explica los alcances del proceso de cualificación con el que esa entidad respalda a los clubes en el cumplimiento de la norma.

 

El vocero del INDER Medelli´n explica que la capacitación ofrecida es una refuerzo voluntario para el cumplinmiento de la norma, que la entuidad ofreció cono apoyo a los entrenadores que hacen parte de los 353 clubes reconocidos por esa entidad en la ciudad, a través de la categorización realizada por la entidad en el año 2024.  


Cambios en el trabajo

La Ley establece criterios específicos para que los entrenadores puedan ejercer legalmente en el país. Entre estos requisitos se encuentra la obligatoriedad de la tarjeta profesional, si bien esta exigencia no es nueva en otros ámbitos laborales, su aplicación en el sector deportivo ha causado polémica, pues muchos entrenadores han trabajado durante años sin esta documentación y podrían quedar inhabilitados para seguir ejerciendo. Por su parte, la Ley contempla la implementación de un examen de idoneidad, el cual busca certificar las competencias técnicas y pedagógicas de los entrenadores, sirviendo como filtro para garantizar que quienes ejerzan la profesión cuenten con los conocimientos adecuados para la formación de atletas y deportistas.

 

La Constitución Política de Colombia reconoce al deporte como derecho. Además, la Carta internacional de la educación física y del deporte de la Unesco del año 2015 en el artículo 7 señala: “Las actividades de enseñanza, entrenamiento y administración relacionadas con la educación física, la actividad física y el deporte deben encomendarse a un personal cualificado”, a lo que el Comité Olímpico Colombiano (COC) ha manifestado que  el ejercicio torpe de una actividad puede producir efectos nocivos a la salud y, por ende, a la seguridad e integridad del ser humano. Lo que indica que un ejercicio mal formulado u orientado conlleva un riesgo que puede ser mitigado si se tienen entrenadores idóneos.


Algunas implicaciones de la norma se enuncian a continuación:


Algunas voces críticas de la nueva norma acusan una posible discriminación a partir de la titulación profesional. Sin embargo, el texto de la Ley cita jurisprudencia de la Corte Constitucional: “El objetivo de la reglamentación de profesiones no es consagrar privilegios en favor de determinados grupos sociales, sino controlar los riesgos sociales derivados de determinadas prácticas profesionales” y se apoya en la manera en que se especifican los procesos de acreditación y la forma de acceder a ellos.

 

  

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